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Bases de los Programas de voluntariado

Base 1.- Objeto

El objeto de estas bases es establecer las normas reguladoras de las acciones voluntarias desarrolladas por la Fundación Barenboim-Said, conforme a las disposiciones contenidas en la Ley Andaluza 7/2001, de 12 de julio, de Voluntariado Social.

Base 2.- Principios Básicos

Las acciones voluntarias organizadas por la Fundación Barenboim-Said se fundamentarán en los principios de libertad, participación, solidaridad, compromiso social y autonomía, en los términos previstos en la Ley Andaluza 7/2001, de 12 de julio, de Voluntariado Social.

Base 3.- Fines de Interés General

Las acciones voluntarias organizadas por la Fundación Barenboim-Said se desarrollarán para el fomento de la educación, la cultura, la cooperación, la solidaridad internacional y la educación por la paz.

Base 4.- Beneficiarios

Todas las personas tienen derecho a beneficiarse de la acción voluntaria, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, etnia, género, sexo, orientación sexual, religión, discapacidad, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal.

Base 5.- Voluntarios

Podrán participar como voluntarios todas las personas que reúnan los requisitos previstos en la convocatoria de acceso al correspondiente programa de voluntariado de la Fundación Barenboim-Said.

Base 6.- Derechos de los Voluntarios

Las personas voluntarias tienen los siguientes derechos:
a) A recibir información, formación, orientación, apoyo y, en su caso, los medios materiales necesarios para el ejercicio de las funciones que se les asignen.
b) Al respeto a su libertad, dignidad, intimidad, creencias y orientación sexual, sin que puedan ser tratados con discriminación o menoscabo de sus derechos fundamentales.
c) A participar en la organización en que estén colaborando de acuerdo a sus estatutos o normas internas y, en cualquier caso, a participar de forma directa y activa en la elaboración, ejecución y evaluación en los programas concretos en que desarrolle su acción voluntaria.
d) A ser asegurados contra los riesgos de accidente y enfermedad así como respecto a los daños y perjuicios causados a terceros, derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria, con las características que se establezcan en la normativa aplicable.
e) A que les sean reembolsados los gastos que pudieran derivarse del desempeño de sus actividades, siempre que hayan sido previamente autorizados por la Fundación.
f) A disponer de una acreditación identificativa de su condición de personas voluntarias.
g) A obtener el respeto y reconocimiento por el valor social de su contribución, y a solicitar de la Fundación Barenboim-Said la acreditación de los servicios prestados.
h) A cesar en su condición de personas voluntarias en los términos acordados con la Fundación.
i) A realizar la actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquélla.

Base 7.- Deberes de los Voluntarios

Las personas voluntarias tendrán los siguientes deberes:
a) Cumplir los compromisos adquiridos con las entidades en las que colaboren, respetando los fines y normativas de las mismas.
b) Guardar la debida confidencialidad respecto de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad.
c) Rechazar cualquier contraprestación material que pudiera serles ofrecida por parte de los beneficiarios o de cualquier otra persona relacionada con ellos, como remuneración de sus actividades voluntarias.
d) Actuar de forma diligente y responsable de acuerdo con el compromiso de incorporación suscrito con la Fundación.
e) Respetar los derechos de los destinatarios de su acción voluntaria.
f) Seguir las instrucciones técnicas para el adecuado desarrollo de las actividades encomendadas, que se les señalen por los responsables de los programas designados por la Fundación.
g) Utilizar debidamente las acreditaciones y distintivos otorgados por la Fundación.
h) Respetar y cuidar los recursos materiales que ponga a su disposición la Fundación.
i) Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.

Base 8.- Compromiso de Incorporación

La incorporación de personas voluntarias deberá ser formalizada por escrito. En dicho documento se recogerán:
a) Las características de la acción voluntaria.
b) Los derechos y deberes que correspondan al voluntario y a la Fundación Barenboim-Said.
c) Las funciones, actividades y tiempo de dedicación que se comprometen a realizar las personas voluntarias.
d) La formación requerida para la realización de las actividades a realizar, y en su caso, el proceso que deba seguirse para obtenerla.
e) La duración del compromiso y las causas y formas de desvinculación por ambas partes.

Base 9.- Deberes de la Fundación Barenboim-Said

La Fundación Barenboim-Said se obliga a:
a) Cumplir los acuerdos establecidos en el compromiso de incorporación de los voluntarios.
b) Asegurar a las personas voluntarias contra los riesgos de accidente y enfermedad, así como respecto a los daños y perjuicios ocasionados a terceros, derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria organizada por la Fundación Barenboim-Said, en las condiciones previstas en la Orden de 30 de enero de 2008 de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.
c) Cubrir los gastos que pudieran derivarse de la acción voluntaria, dotándola de los medios adecuados para el cumplimiento de sus cometidos y reembolsando a las personas voluntarias los gastos que les ocasione el desarrollo de su actividad, siempre que hayan sido previamente autorizados por la Fundación.
d) Facilitar la participación de las personas voluntarias en la elaboración, ejecución y evaluación de los programas y actividades en que intervengan.
e) Proporcionar a las personas voluntarias la formación y orientación necesaria para el desarrollo de sus actividades, dotando a las personas voluntarias de los conocimientos teóricos y prácticos precisos y garantizando el oportuno reciclaje a lo largo de su etapa como voluntario.
f) Facilitar a las personas voluntarias una acreditación que les habilite e identifique para el desarrollo de su actuación.
g) Expedir a las personas voluntarias un certificado que acredite su participación en los programas de acción voluntaria en que hayan colaborado.
h) Llevar un registro de altas y bajas de las personas voluntarias que colaboren con la entidad, con indicación de los programas a los que estuvieran adscritos.
i) Garantizar a los voluntarios la realización de su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene en función de la naturaleza y características de aquéllas.

Base 10.- Convocatoria de Programas de Voluntariado

La Fundación publicará en su página web las convocatorias de los programas de voluntariado que desarrolle, que tendrán como mínimo el siguiente contenido:

  • Objeto y fines de la acción voluntaria.
  • Número de plazas convocadas.
  • Lugar de realización de la acción de voluntariado.
  • Periodo de duración del programa.
  • Proyecto de la Fundación al que se adscribe el programa.
  • Plazo de admisión de solicitudes.

La Fundación seleccionará a las personas voluntarias de acuerdo con los principios de igualdad, imparcialidad, objetividad, competencia y no discriminación.

Los nombres de las personas voluntarias admitidas en cada convocatoria se publicarán en la página web de la Fundación.

Base 11.- Protección de datos de carácter personal

En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/99 de Protección de los Datos  de Carácter Personal, la Fundación Barenboim-Said informa que los datos personales de  los voluntarios serán incorporados a un fichero automatizado titularidad de la  Fundación Barenboim-Said con la finalidad de mantener el contacto con las personas  participantes en los programas de voluntariado de la Fundación Barenboim-Said y suministrarles información sobre las actividades de la Fundación.

Si lo desea podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición  de sus datos mediante escrito dirigido a la Fundación Barenboim-Said, C/ San Luis, 37  41003 Sevilla o por correo electrónico, o a través del Formulario de contacto.

Base 12.- Aceptación de las bases

Los voluntarios que participen en cualquiera de los programas de voluntariado organizados por la Fundación aceptan estas bases por el mero hecho de participar en él.

Fundación Barenboim-Said

Calle Cardenal Bueno Monreal 58 2ª planta | 41013 Sevilla | España | Tel +34 955 037 385 | Fax +34 955 037 384
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